La entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, supone un avance en la regulación normativa de esta materia.
A través de este apartado, la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SAN PABLO CEU desea mostrar su compromiso con la transparencia y el buen gobierno. Para ello, publicará de forma periódica y actualizada, no solo la información a la que está obligada legalmente, sino aquella otra de interés para conocer los valores que guían su objetivo de ser una entidad innovadora, transparente, abierta y comprometida con la sociedad en la que opera.
Anuncio de la fusión por absorción entre la Fundación Universitaria San Pablo-CEU (fundación absorbente) y
la Fundación San Pablo para Ayuda al Estudio (fundación absorbida)
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La Fundación Universitaria San Pablo CEU establece un procedimiento regulador de compras con la finalidad de ofrecer a todos sus proveedores y contratistas la seguridad y garantías necesarias cuando participen en estos procesos.
Este modelo de gestión cumple con las directrices establecidas para garantizar que la actuación de la Fundación Universitaria San Pablo CEU se rige por las políticas establecidas en materia de Calidad, Ética y Medio Ambiente.
El proceso de compra y contratación de bienes y servicios tiene las siguientes etapas:
La intención de la Fundación Universitaria San Pablo CEU es que los proveedores puedan participar en igualdad de oportunidades, a través de procesos de calificación y licitación que favorezcan la diversidad y la transparencia de los procedimientos.
La Fundación Universitaria San Pablo CEU establece procesos de registro, clasificación y selección de proveedores conforme a criterios de objetividad e imparcialidad que garantizan la transparencia del proceso y la igualdad de oportunidades.
Se promueve la publicidad y concurrencia de los procesos de selección, dentro de criterios de eficiencia de gestión.
La Fundación Universitaria San Pablo CEU utiliza el siguiente cuestionario para registrar a aquellas empresas que estén interesadas en iniciar el proceso de calificación y convertirse en posibles proveedores, si bien, no asume ningún compromiso por el hecho de recibir el cuestionario cumplimentado.
Dicho cuestionario deberá ser enviado a la siguiente dirección: [email protected]
La Fundación Universitaria San Pablo CEU se compromete a establecer relaciones de confianza y de colaboración con sus proveedores de bienes y servicios, en un marco de colaboración y respeto mutuo, que permita mantener relaciones comerciales estables y duraderas con el objetivo de conseguir una mejora continua en los procesos de compras y contratación basados en la excelencia.
La Política de Selección del CEU se asienta en un conjunto de Principios que sustentan todos los procesos de selección que se llevan a cabo en nuestros Centros. Estos Principios están inspirados en los Valores que definen un CEU Excelente: Calidad, Transparencia, Objetividad y Meritocracia, y se organizan de la siguiente manera:
En líneas generales, la Política de Selección pone de relieve una serie de prácticas reconocidas en el ámbito de la Evaluación de Personas en contextos laborales. Entre estas prácticas encontramos:
Los Objetivos del área de Selección de Personal del CEU se concretan en la búsqueda de los mejores profesionales, con dominio de idiomas y proyección internacional, competentes con las nuevas tecnologías y con valores acordes a los de nuestra Institución.
Estos Objetivos ponen el foco en proveer a la Institución un equipo humano excelente de alto rendimiento, motivado y alineado con la misión de la Fundación, que nos permita erigirnos como primer referente nacional en educación y formación, y expandirnos en el ámbito internacional.
A un nivel operativo, el Proceso General de Contratación del CEU define criterios, pautas y responsables en los procesos de selección, y afecta a todos los Centros y colectivos. Este proceso se estructura en los siguientes puntos:
Bajo este marco general se han desarrollado procedimientos de selección específicos para colectivos determinados o Centros que así lo han requerido. Así, tres procedimientos específicos son de aplicación para centros y colectivos que, por su idiosincrasia, se ha estimado oportuno. Éstos son:
En conclusión, el Sistema de Selección de Personal del CEU persigue alcanzar los Objetivos mencionados, facilitando el óptimo desarrollo de los procesos de selección de personal, adecuándose a los principios enumerados y a las nuevas demandas socio-educativas, y fortaleciendo el alineamiento con nuestros valores e ideario.
La Fundación Universitaria San Pablo CEU tiene como finalidad el cumplimiento, a través de las obras que promueve y gestiona, de los fines apostólicos de la Asociación Católica de Propagandistas, su entidad fundadora. Como organización eclesial, la Asociación Católica de Propagandistas se esfuerza no sólo en la consecución de sus fines, sino también en hacerlo mediante estructuras y procedimientos de toma de decisiones que reflejen el carácter cristiano de su pretensión.
Las presentes Normas de Gobierno Interno persiguen contribuir a que la Fundación Universitaria San Pablo CEU cumpla mejor, y más satisfactoriamente, los fines fundacionales que la inspiran.
La presente Política de Cumplimiento Penal desarrolla lo establecido en el Código de Conducta de la Fundación Universitaria San Pablo CEU (en adelante, la Fundación) aprobado por su Patronato, ratificando su voluntad de cumplir tanto con sus valores éticos como con la legislación vigente, así como con las normas internas y, definiendo para ello su marco de principios de cumplimiento.
Esta política está alineada con la cultura de integridad y respeto hacia las normas de la Fundación y tiene en consideración no sólo los intereses de la Fundación sino también las exigencias que puedan provenir de sus Partes interesadas. En este sentido, se trata de un texto alineado con los objetivos y fines estratégicos de Fundación y consecuentemente, con su determinación de no tolerar en su seno ninguna conducta que pueda ser constitutiva de delito conforme a la legislación vigente. Por ello, se requiere el máximo compromiso del Patronato, sus órganos de gobierno y de la Alta dirección, así como del resto de los Miembros de la Fundación para cumplir con sus disposiciones.
A partir de este compromiso de cumplimiento, se establecen los parámetros de conducta que se esperan de los colectivos relacionados con la Fundación, exigiéndoles un compromiso con ellos, describiendo las medidas adoptadas para supervisar este mandato y las consecuencias en caso de incumplimiento.
La presente Política es de obligado cumplimiento y de aplicación global a todas las actividades que lleva a cabo la Fundación.
Los Miembros de la Fundación deberán cumplir con su contenido, independientemente del cargo que ocupen y del lugar en el que se encuentren, salvo que la legislación aplicable en la jurisdicción en la que operen establezca disposiciones más severas, que deberán prevalecer sobre esta Política.
A causa de lo anterior, aunque la presente Política es de aplicación a los Miembros de la Fundación, también puede hacerse extensiva, completamente o en parte, a colaboradores externos, siempre que las concretas circunstancias del caso así lo aconsejen.
Además de esta Política, existe un Inventario de Riesgos penales aprobado por el Patronato de la Fundación donde se recogen las conductas tipificadas por las que, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 bis del Código Penal español, las personas jurídicas podrían ser investigadas en España, por delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas y en su beneficio directo o indirecto, (i) por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho, o (ii) por las personas sometidas a su autoridad, cuando la comisión del delito, en este segundo supuesto, sea fruto de una ausencia del debido control, atendidas las circunstancias concretas del caso.
El contenido de este Inventario de Riesgos penales no sólo resume los diferentes delitos, sino que describe para cada uno de ellos, las principales actividades sensibles que podrían conllevar riesgos penales, todo ello a los efectos de que las personas afectadas por este documento se mantengan alerta ante situaciones que pudieran exponerles a dichos riesgos en el ejercicio de sus actividades.
La Fundación dispone de un Comité de Ética y Cumplimiento (en adelante, CEyC) que tiene por objeto la supervisión y control del Código de Conducta y el Modelo de Prevención de Riesgos Penales de la Fundación.
El CEyC cuenta con los recursos adecuados para el desarrollo de sus funciones y está orientado a difundir y coordinar la actividad de implantación, formación, supervisión y control del Código de Conducta y del Modelo de Prevención de Riesgos Penales, velando de este modo por evitar comportamientos inadecuados y, en su caso, poder detectarlos y reaccionar con diligencia.
El CEyC se constituye como un órgano colegiado compuesto por las siguientes personas:
Por la relevancia de la tarea a desempeñar y los asuntos a tratar por parte de los miembros del CEyC, éstos deberán reunir una serie de características fundamentales que garanticen la objetividad y el rigor en su labor, entre las que figurarán:
En los términos previstos en la Política, el CEyC goza del pleno apoyo del Patronato al que tiene acceso directo. En este sentido, está facultado para acceder libremente tanto a los documentos de la Fundación como a los Miembros de la Fundación que precise para el desarrollo de sus cometidos. Los Miembros de la Fundación tienen la obligación de facilitarle de manera inmediata los documentos e información que necesite.
Al CEyC le corresponden las siguientes funciones:
El Patronato de la Fundación es responsable de impulsar la adopción e implementación de un Modelo de Prevención de Riesgos Penales adecuado a la Fundación, idóneo para prevenir, detectar y gestionar los riesgos penales que amenazan a la misma.
La Fundación ha asignado la función de supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del Sistema de Gestión de Cumplimiento al CEyC, un órgano de la persona jurídica con poderes autónomos de iniciativa y control, encargándose el Patronato de la Fundación de la designación de sus miembros y de aprobar formalmente este órgano, otorgándole los poderes autónomos de iniciativa y control necesarios así como los recursos materiales y humanos adecuados y suficientes a fin de que pueda desarrollar eficazmente su labor.
Todos los Miembros de la Fundación son responsables de comprender, observar y aplicar lo dispuesto en esta Política, colaborando con el CEyC, el Patronato y sus órganos delegados cuando sea necesario, y observando, especialmente, los comportamientos que se espera de ellos respecto del Inventario de Riesgos penales y parámetros de conducta esperados, mencionado anteriormente.
Igualmente, todos los Miembros de la Fundación deberán comunicar, a través del Canal Ético de la Fundación, cualquier acción para prevenir o evitar la eventual comisión de un delito o potencial delito del que sean conocedores y/o que se esté gestionando sin la intervención aparente del CEyC.
Además, se realizarán acciones formativas y de concienciación en materia de cumplimiento penal para todos los Miembros de la Fundación que deberán asistir a las sesiones que se determinen con motivo de su función o cargo en la Fundación.
Asimismo, se espera que todos los Miembros de la Fundación faciliten, cuando sea el caso, de manera inmediata la información y documentación que pueda solicitar el CEyC.
La presente Política está a disposición de todos los Miembros de la Fundación en la Intranet de la Fundación.
A los efectos de que la presente Política tenga una aplicación efectiva, la Fundación se ha dotado de un Canal Ético de Comunicación.
Por ello, eventuales consultas, comunicaciones, observaciones o denuncias de los Miembros de la Fundación en materia de prevención penal, deberán cursarse necesariamente a través del Canal Ético de la Fundación, sin perjuicio de cualesquiera otras vías adicionales que pudiera designar la Fundación al efecto.
En particular, el Canal Ético se encuentra a disposición de todos los Miembros de la Fundación y Terceros a través de la Intranet y en la página web de todos los centros la Fundación.
Toda consulta, observación o denuncia en materia de Cumplimiento deberá ser comunicada al CEyC en los términos descritos en Procedimiento del Canal Ético de la Fundación. Se garantizará el tratamiento confidencial de todas las comunicaciones, así como la ausencia de represalias de cualquier tipo frente a denunciantes de buena fe.
Cualquier persona vinculada con la Fundación tiene la obligación de respetar y cumplir con las normas, políticas y procedimientos que les resulten de aplicación en el marco del desarrollo de sus funciones.
Con la finalidad de contar con un sistema disciplinario que sancione adecuadamente las infracciones de los principios y directrices del Sistema de Gestión de Cumplimiento, la Fundación se remite al Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo de aplicación y a la restante normativa laboral vigente en España. La Fundación vela por la correcta aplicación de las medidas disciplinarias y su proporcionalidad respecto a la infracción de la normativa aplicable. Del mismo modo, impondrá medidas disciplinarias con relación a aquellas conductas que contribuyan a impedir o dificultar el descubrimiento de comportamientos ilícitos, así como la infracción del deber de reportar internamente de manera adecuada los incumplimientos que hubieran podido detectarse.
Por otra parte, para la Fundación, las posibles sanciones 10a las que se puede enfrentar como consecuencia del incumplimiento de la legislación vigente serían las siguientes: